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viernes, 26 de febrero de 2021

Ruralizar' las leyes: una cuestión de justicia.

La legislación, en todas las áreas, suele hacerse pensando en los núcleos urbanos, 
simplemente porque en ellos vive más gente. 
Pero esa legislación urbanocentrista puede ser lesiva 
al aplicarse en los territorios poco poblados
Urge la necesidad de adaptar la legislación a los territorios con menos habitantes 
y defiende la implantación de un 'Mecanimos Rural de Garantía' 
como una herramienta esencial para frenar la despoblación 
y repoblar las áreas rurales de España.



Parada en Urriés (Zaragoza) de la gira de presentación de Presura -
Feria Nacional para la Repoblación de la España Rural.

En ocasiones, el precepto de que la ley es igual para todos no es una garantía de justicia. Es el caso de la España rural. La legislación, en todas las áreas, suele hacerse pensando en los núcleos urbanos, simplemente porque en ellos vive más gente. Pero esa legislación urbanocentrista puede ser lesiva al aplicarse en los territorios poco poblados
.
Hay que legislar para las ciudades, por supuesto, pero también para los pueblos: una mala legislación, una legislación que no tenga en cuenta esa visión rural puede dar al traste con cualquier política que se haga en torno al reto demográfico.

El problema del impacto de la legislación en las áreas rurales ha sido abordado desde hace más de 15 años en otros países de nuestro entorno europeo y de la OCDE, que se han mostrado por diversas razones preocupados por la calidad de su legislación en lo que afecta a sus áreas rurales: Suecia, Finlandia, Reino Unido (especialmente Inglaterra e Irlanda del Norte), Canadá, Australia o Nueva Zelanda son pioneros en un aspecto de la calidad de nuestra gobernanza de gran relevancia en países que presentan graves desequilibrios territoriales -la mayoría de los mencionados- o que se muestran particularmente preocupados por la prosperidad y el porvenir de sus frágiles comunidades rurales, inmersas en graves problemas de despoblación rural.
En septiembre de 2016 se celebró en Irlanda la Conferencia Europea sobre Desarrollo Rural Cork 2.0 organizada por la Comisión Europea y en ella se concluyó que era necesario revisar sistemáticamente las políticas sectoriales y macroeconómicas desde una perspectiva rural, teniendo en cuenta los impactos reales y potenciales y sus efectos en las perspectivas de desarrollo, crecimiento y empleo rural, el bienestar social y la calidad ambiental de las zonas rurales y sus comunidades.
Tal es así que la Comisión Europea, respondiendo a la Declaración que instaba a la adopción de un Rural Proofing (expresión inglesa que en español, en una traducción no demasiado directa, pero muy correcta, recibe el nombre de Mecanismo Rural de Garantía) ya está trabajando sobre este particular para estudiar su implantación en los procesos legislativos europeos. La propia Comisión Europea está estudiando este mecanismo en el marco de los trabajos actualmente en curso para la elaboración de su Comunicación sobre una nueva visión rural.
Este mecanismo puede explicarse muy sencillamente. Es absolutamente necesario evaluar el impacto que puede tener en el medio rural toda ley que aprueben los órganos legislativos de los Estados, en especial aquellos en los que el problema de la despoblación sea más acuciante.

El principal referente para la Comisión (del que también podríamos servirnos en España), como experiencia más desarrollada hasta la fecha, es el de Inglaterra, que arrancó el año 2004, un mecanismo que es sometido periódicamente a revisión para mejorar su efectividad. Incluso Irlanda del Norte ha ido más allá promulgando en 2016 la Rural Needs Act (Ley de Necesidades Rurales), en la que establece el deber que tienen todas las autoridades públicas de tener en cuenta las necesidades rurales a la hora de diseñar y poner en marcha políticas o servicios y exige además que se contemple la evaluación del impacto de las necesidades rurales como parte del proceso, sin confundir cuales son las "necesidades" y los "deseos".
En lugar de intentar preservar los servicios exactamente como son, los responsables de la formulación de políticas deberían analizar la mejor manera de garantizar que las comunidades rurales puedan acceder fácilmente a las cosas que necesitan, pero sin obsesionarse con la forma en que se proporcionan, como afirmó la profesora de Economía Rural de la Universidad de Newcastle, Sally Shortall, después de desarrollar una evaluación del Rural Proofing de Irlanda del Norte.

"La gente podría desear tener una escuela local en su comunidad, pero eso es un deseo", dijo. "Lo que es esencial, y lo que es necesario, es que los niños reciban una educación realmente buena". Eso puede requerir mejores servicios de autobús, en lugar de más escuelas, o sistemas más innovadores de enseñanza, pero decidir qué enfoque tomar no surgirá de definir esta necesidad como específicamente rural. Y en este punto es donde debemos echar mano de la innovación social como un elemento principal de esa nueva "caja de herramientas" que debemos utilizar para construir la "nueva ruralidad" del siglo XXI, y en la que trabajamos desde hace años en El Hueco. La innovación social ha de ser el cemento para cerrar las grietas del Estado del Bienestar, especialmente aquellas grietas provocadas por la despoblación rural.

El Mecanismo Rural de Garantía se antoja, pues, como una herramienta esencial para frenar la despoblación y repoblar las áreas rurales de España.
En El Hueco acabamos de poner en marcha un proyecto cuyo objetivo es sentar las bases del futuro Mecanismo Rural de Garantía en nuestro país. Para ello el G100, el grupo de cincuenta mujeres y cincuenta hombres que hace unos años diseñó la nueva ruralidad, se renueva ahora por completo para afrontar un reto mayúsculo: la creación de ese mecanismo para la revisión de la legislación, las políticas sectoriales y económicas, desde una perspectiva rural, teniendo en cuenta los impactos reales y potenciales y sus efectos en las perspectivas de desarrollo, crecimiento y empleo rural, el bienestar social y la calidad ambiental de las zonas rurales y sus comunidades, con el fin último de promover los cambios que contribuyan a la repoblación rural, garantizando que las comunidades rurales sean escuchadas y que se tenga en cuenta su bienestar a la hora de formular la normativa, las políticas y elaborar los presupuestos.

Divididos en 15 áreas estratégicas, personas expertas en todos esos ámbitos, trabajarán durante los próximos meses para ruralizar las leyes actuales y dar pautas sobre las venideras.

En pocas palabras: hay que evitar que una mala legislación bloquee el futuro de nuestros pueblos, no les deje crecer o, en el peor de los casos, acabe con ellos. En este caso, que las leyes no sean iguales para todos es una cuestión de justicia, de cohesión territorial y social, y de progreso.

En este sentido, la doctora en Derecho Constitucional, Elena García-Cuevas Roque, nos recuerda que el Tribunal Constitucional, en numerosas ocasiones, ha hecho hincapié en la mencionada dimensión diferenciadora que dimana del principio de igualdad ante la ley, con la intención de mejorar la situación de colectivos que han sufrido una marginación o postergación histórica. Existen medidas diferenciadoras que se consideran conformes a lo establecido por el artículo 14 de la Constitución: "No toda desigualdad de trato resulta contraria al principio de igualdad" y "el tratamiento diverso en situaciones distintas puede venir incluso exigido en un Estado social y democrático de Derecho".

El valor de la igualdad ha variado a lo largo de la historia; es incuestionable, entonces, que el citado artículo de la Carta Magna no impide que, a través de cambios normativos, se ofrezca un tratamiento desigual a lo largo del tiempo, como consecuencia de la necesaria evolución del ordenamiento jurídico. Y en efecto nuestro Alto Tribunal, en distintas ocasiones, ha manifestado que dicho precepto "no exige que todas las situaciones, con independencia del tiempo en que se originaron [...] deban recibir un tratamiento igual por parte de la ley".
Se trata entonces de encontrar una nivelación, en el ordenamiento jurídico, de las situaciones personales por medio de una desigualdad jurídica que compense las desigualdades naturales, económicas y sociales o, lo que es lo mismo, contemplar desigualmente a quienes son desiguales, estableciendo para todos una igualdad de oportunidades. De este modo, se transforma el principio de igualdad jurídica en un principio de "desigualdad jurídica" que proteja a la parte natural o socialmente más débil.

Para ello es necesario contar con un Mecanismo Rural de Garantía que redefina de modo continuo y autorizado las normas que afectan especialmente a los territorios y a las personas que vivimos en zonas rurales escasamente pobladas y con ello evitar los desequilibrios territoriales y la desigualdad

No olvidemos que sin unas condiciones efectivas y reales de igualdad, la convivencia se deteriora y la democracia se debilita.
Como dijo Canalejas en un discurso en la Academia de Jurisprudencia: "No ha de contentarse el Estado con proclamar la igualdad política y la igualdad civil; está obligado a intervenir activamente para prestar condiciones positivas que hagan posible la vida plenamente humana de todos sus miembros".
Algo intuía sobre todo esto Canalejas, a la sazón diputado a las Cortes por Soria en 1881, ya hace 140 años.

*Joaquín Alcalde Sánchez es director de El Hueco y de Presura - Feria Nacional para la Repoblación de la España Rural.
El Hueco es un ecosistema para el fomento del emprendimiento social y la innovación social como respuesta a los retos de la despoblación rural.

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