AYUNTAMIENTO DE REDECILLA DEL CAMINO (BURGOS).
Boletín Oficial CyL
25 abril2019
pag 20.800
Aprobadas inicialmente las Normas Urbanísticas Municipales de este municipio por Acuerdo del Pleno de fecha 3 de abril de 2019, de conformidad con el artículo 52.5 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, y con los artículos 154 y 155 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de enero, se somete a información pública, por el plazo de dos meses, a contar desde la última publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Castilla y León, en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia y en la página web del Ayuntamiento.
1. Órgano que acuerda la información pública: Pleno del Ayuntamiento.
2. Fecha del Acuerdo: 3 de abril de 2019.
3. Instrumento sometido a información pública: Normas Urbanísticas municipales de Redecilla del Camino.
4. Ámbito de aplicación:
a) Municipio: Redecilla del Camino.
b) Provincia: Burgos.
5. Identidad del Promotor. Ayuntamiento de Redecilla del Camino.
6. Duración del período de información pública: Dos meses desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Castilla y León, en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia y en la página web del Ayuntamiento.
7. Para la consulta de las Normas Urbanísticas Municipales:
a) Identidad del promotor: Ayuntamiento de Redecilla del Camino.
b) Lugar: Casa Consistorial.
c) Horarios: De 9 a 14 horas.
d) Página Web: www.redecilladelcamino.es
8. Para la presentación de alegaciones, sugerencias y cualesquiera otros
documentos:
a) Lugar: Registro del Ayuntamiento.
b) Horario: Días hábiles de 9 a 14 horas.
c) Número de telefax: 947588078.
d) Dirección de correo electrónico: redecillacamino@gmail.com
Se suspende el otorgamiento de las siguientes licencias urbanísticas construcciones e instalaciones de todas clases de nueva planta/ampliación de construcciones e instalaciones de todas clases/demolición de construcciones e instalaciones, salvo en caso de ruina inminente/cambio de uso de construcciones e instalaciones.
La duración de la suspensión comienza al día siguiente de la publicación oficial
del acuerdo que la produce, y se mantiene hasta la entrada en vigor del instrumento de planeamiento que la motiva; en todo caso, el plazo máximo será de dos años.
Redecilla del Camino, 15 de abril de 2019.
El Alcalde, Fdo.: Julio Gallo García,