domingo, 3 de octubre de 2010

EL JUEGO DE BOLOS EN LA COMARCA DE LA RIOJILLA BURGALESA:

UNA PRÁCTICA EXCLUSIVAMENTE FEMENINA
Drª. Silvia Sedano Campo,  Universidad de León

Octubre-Diciembre, 2010.

RESUMEN: En el presente artículo se recoge información relativa al juego de bolos en la comarcad e la Riojilla Burgalesa, territorio situado muy próximo a la comunidad autónoma de la Rioja que históricamente ha tenido una importancia notable como cruce de caminos. 
El juego es exclusivamente femenino y de él se conservan diferentes variantes, prácticamente una en cada uno de los pueblos visitados.
Dichas variantes parecen tener un origen cumún datado documentalmente en el s.XVIII.
En esta comarca, existe una distinción clara entre los juegos practicados por hombres y por mujeres.
Dicha distinción afecta no sólo a la esencia del propio juego sino también al período y lugar de práctica de la misma, al reglamento y al interés social que suscita.
PALABRAS CLAVE: Bolos femeninos, encrucijada, S. XVIII, Pelota, Camino de Santiago.

1. CONTEXTO GEOGRÁFICO1
Resulta complicado entender una tradición, ya sea de carácter lúdico o no, sin enmarcarla dentro de un contexto social, geográfico y político, puesto que los juegos y deportes tradicionales son producto o expresión del contexto cultural
en el cual se generan, desarrollan y manifiestan2.
En este sentido, la zona de La Riojilla Burgalesa se sitúa dentro de la comarca Bureba-Ebro de la provincia de Burgos constituyendo el punto de unión entre la Sierra de la Demanda y el valle del Río Tirón. En la evolución social y cultural de toda la provincia de Burgos ha sido fundamental su situación como cruce de caminos, constituyendo un nexo entre el centro de la Península Ibérica, el mar Cantábrico y el País Vasco y un nexo entre Portugal y la salida natural hacia Europa.
De todas las vías de comunicación que cruzan tierras burgalesas, mención especial merece el Camino de Santiago, vía espiritual y cultural que atraviesa la
provincia de este a oeste y que sin duda ha marcado en gran medida el devenir
de ésta desde la Edad Media.
La zona concreta que nos ocupa se ha caracterizado a lo largo de la historia por su importancia estratégica y económica, constituyéndose en una encrucijada de caminos por donde entraba la mayor parte del trasiego de personas procedente de Europa que deseaban acceder a los reinos de Castilla y de León, siendo esta comarca el paso natural desde el Valle del Ebro hasta la Submeseta norte. Especial importancia tiene el desarrollo de la población principal, Belorado, como villa estratégica, deseada tanto por el reino de Navarra como por el de Castilla.
Esto ha provocado que las tradiciones que han perdurado tengan un carácter ecléctico. Por otro lado, la cercanía de la zona con La Rioja hace que muchas de
las costumbres, entre las que se incluyen los juegos tradicionales y populares, tengan similitudes con las de esa comunidad autónoma.
La Ruta Jacobea, a la que antes aludíamos, ha sido y es fundamental en el desarrollo de la zona estudiada puesto que la comarca tiene como eje longitudinal, de este a oeste, el Camino de Santiago, que aquí inicia su andadura
por la provincia de Burgos y por Castilla y León y que ha conllevado un trasiego importante de peregrinos desde el siglo IX. Esta vía de peregrinación, es además un camino de intercambio de costumbres y creencias procedentes de Europa.


2. FACTORES DISTINTIVOS DE LOS JUEGOS DE HOMBRES Y
DE MUJERES EN LA COMARCA
Al recorrer la zona estudiada, encontramos una distinción clara entre los juegos practicados por hombres y por mujeres. Dicha distinción afecta no sólo a la esencia del juego, sino a la propia reglamentación, al significado del mismo para sus participantes y sobre todo al período y lugar habitual de práctica.
En la Riojilla Burgalesa el Juego de Bolos, modalidad que se abordará con mayor profundidad más adelante, es exclusivamente femenino. Mientras tanto existen una serie de juegos que han sido y son practicados sólo por hombres: Pelota, Tuta y Petanca.
La Pelota destaca como juego masculino más característico y popular de la comarca. Su práctica en la zona ha quedado constatada documentalmente desde la Edad Media hasta el s. XVIII un una modalidad de juego abierto4. De hecho, durante ese período, los habitantes de la población principal, Belorado, utilizaban para ello un lienzo de la parte sur de la muralla. Posteriormente fueron
implantándose las modalidades que se conocen en la actualidad, abandonándose la práctica en esa zona.
El Juego de Pelota en la comarca no sólo ha sido un entretenimiento para los hombres sino que con el tiempo llegó a convertirse en todo un acontecimiento social. De hecho, hasta hace pocos años, aquel hombre que jugase bien a la pelota gozaba de mucho prestigio entre los habitantes de la zona. Aquí se aprecia la utilización del juego por parte de los hombres como oportunidad de comparar sus actitudes con otros, avanzando en el escalafón social, algo que no ocurre en el caso de las mujeres3.
Las modalidades más practicadas de Pelota han sido el “mano a mano”, que tiene mayor antigüedad, y “parejas”, que es el que goza de más popularidad entre los hombres4.

Otro de los entretenimientos lúdicos para los hombres de la comarca es el juego de “La Tuta”, que se conoce en todos los pueblos de la zona y que tradicionalmente ha estado vetado a las mujeres. Algo que caracteriza a este juego es el hecho de que desde el s. XVIII se tiene constancia de que ya se producían pequeñas apuestas5, lo que unido al hecho de que se practicaba en el entorno próximo de las tabernas, derivó en ocasiones en grandes peleas. La existencia de apuestas también se conoce en otro de los juegos masculinos de la zona, la Petanca. Dicho juego tiene origen francés y probablemente haya llegado a la comarca a través de la vía jacobea o bien haya sido traído desde la ciudad de Burgos, donde la práctica es notable.
En cuanto a las diferencias de carácter general entre los juegos practicados por hombres y por mujeres en la comarca, los exclusivamente femeninos se dotan de una reglamentación más compleja, que obliga a las practicantes a controlar cada uno de los movimientos del rival para evitar situaciones no reglamentarias en su contra. Por su parte, los juegos de hombres en esta comarca, suelen ser más sencillos en su concepción y, como ya hemos visto, casi siempre están vinculados a aspectos externos como puede ser la apuesta.
También es muy interesante analizar el lugar de práctica de cada uno de ellos ya que nos permite observar la influencia de la dedicación cotidiana en los entretenimientos lúdicos.
Los hombres han jugado tradicionalmente en zonas vinculadas a las tabernas (lugar de recreo), a las eras (lugar de trabajo), o al entorno de la iglesia (lugar de culto).
En las mujeres sin embargo esas zonas se reducen al entorno del hogar (lugar de trabajo y de crianza de los niños) o al de la iglesia. Las mujeres más ancianas de las localidades visitadas señalan que antiguamente las boleras se montaban en cada calle y que existían enfrentamientos entre distintos barrios. Los lazos de vecindad primaban sobre los de amistad a la hora de formar los equipos, que en muchas ocasiones adoptaban (y adoptan) el nombre de la calle en la que se jugaba6. Mientras tanto, las niñas recorrían el pueblo de partida en partida para sacarse un dinero colocando bolos a las señoras que estaban jugando, lo que suponía un rito de iniciación en la modalidad, que se iba transmitiendo oralmente de madres y abuelas a hijas. El hecho de que se practicase este juego en las calles, cerca de las viviendas, permitía a las mujeres jugar sin desatender las labores del hogar y del cuidado de los niños.
Evidentemente hoy en día este aspecto característico ha cambiado en los juegos
que se han conservado. Por lo general la zona de práctica actual suele vincularse a entornos deportivos, lo que nos hace partícipes del cambio conceptual que se ha producido hacia una deportivización de la sociedad.
La temporada de juego también se ve influenciada por las características de la sociedad en la que se encuentran inmersos los juegos. En el caso de los hombres esta práctica se producía a diario en las tabernas, una vez finalizada la jornada o en los períodos de descanso en la propia zona de trabajo. Dicha práctica aumentaba en domingos y días de fiesta, durante o después de las obligaciones religiosas. En el caso de las mujeres llegó a producirse a diario, siempre y cuando éstas no descuidaran sus quehaceres domésticos. Por supuesto, también en su caso la práctica se veía aumentada en días de fiesta, en este caso, siempre después de los oficios religiosos.
Otro factor importante a la hora de determinar la temporada de juego es el clima propio de la zona, muy duro durante el invierno. Teniendo en cuenta que los juegos se han utilizado habitualmente al aire libre, es la época estival la que absorbe la mayor parte de las prácticas lúdicas.

3. JUEGO DE BOLOS EN LA COMARCA: ANTECEDENTES HISTÓRICOS.
La práctica del juego de bolos en diferentes países se conoce a través de documentos escritos que han llegado a nuestra época desde finales de la Edad Media. Así Borchart7 señala que este juego tiene su origen en los monasterios medievales centroeuropeos, fundamentalmente de la zona germánica. En Castilla y, en concreto en la zona estudiada, existían importantes asentamientos de población procedente de zonas germánicas, por lo que podemos intuir que dichos núcleos de población pueden ser una de las posibles vías de introducción
del juego de bolos practicado en la comarca de la Riojilla Burgalesa. En este mismo sentido, cabe destacar la influencia que el Camino de Santiago tiene a partir de esta época y que afecta directamente a distintas poblaciones del entorno estudiado e indirectamente al resto de la comarca. Por esta vía espiritual, pero también comercial, llegaban influencias, por lo general de carácter afrancesado.
De la misma manera, en la zona estudiada tuvieron una importancia fundamental
la ferias y mercados iniciados en la época medieval y que, en algunos casos, aún perduran. Eran numerosos los comerciantes que llegaban de Centroeuropa y sobre todo de Flandes, trayendo con ellos muchas de sus costumbres, entre las que seguro se encontrarían las actividades lúdicas.
Tras una época de expansión de los juegos populares durante el Renacimiento, con la llegada de la dinastía borbónica en el s. XVIII, se produce un importante retroceso con prohibiciones expresas hacia los juegos populares en la zona estudiada8. Sin embargo es curiosamente en esta centuria cuando encontramos una modalidad de bolos practicada en España con similitudes importantes con las empleadas en la actualidad en la Riojilla Burgalesa. En ella se colocaban nueve bolos en tres filas de tres y un décimo bolo, más alejado, con ciertas características distintivas, que marcaba la referencia de la validez del lanzamiento.
Este bolo se conocía como “diez de bolos”. Si en el lanzamiento la bola no superaba la línea imaginaria determinada por la situación del “diez de bolos”, la jugada se conocía como “cinca”. En tal caso el jugador no obtenía puntuación alguna y además perdía el derecho a realizar su lanzamiento desde esa línea del
“diez de bolos” (perdía el derecho a “birlar”). Estas peculiaridades siguen perdurando en las distintas modalidades de bolos de la comarca, aunque los términos empleados son diferentes.
De esta época ya tenemos referencias directas acerca de la práctica del juego de bolos en la comarca junto a otros juegos populares castellanos como el lanzamiento de barra o la Tuta9.
Durante el s.XIX la expansión del juego de bolos en la comarca siguió su curso pero en el s. XX, sufrió un importante retroceso motivado fundamentalmente por el proceso de deportivización que se venía produciendo desde el s.XIX. La decadencia del juego de bolos se acentuó a partir de la década de los 60 con el fenómeno de migración a las ciudades, haciendo que en pleno s. XXI en muchos
pueblos de la comarca se haya abandonado su práctica y sean muy pocas las localidades en las que se celebre un campeonato más o menos reglado.
En general la provincia de Burgos es rica en lo que a modalidades de bolos se refiere, de hecho, en la actualidad se constatan nueve diferentes que se han estado practicando o se practican de manera reglada: Bolo Tres Tablones, Bolo Burgalés, Pasabolo Tablón, Bolillos, Bolos de Villanueva de Gumiel, Bolos de Belorado, Bolos de Cerezo de Río Tirón, Bolos femeninos de la comarca del
Pisuerga y Bolo Ribereño. Aunque tradicionalmente el juego de bolos es practicado mayoritariamente por hombres, las cuatro últimas modalidades son exclusivamente femeninas. La práctica de este juego por parte la mujer en algunas ocasiones ha estado mal vista por el sector eclesiástico, o por aquel que ostentara el poder, porque, según ellos, apartaba a la mujer de sus obligaciones cotidianas.
También es interesante señalar que las modalidades femeninas suelen estar impregnadas de un fuerte contenido sexual. De hecho los bolos empleados por éstas suelen asemejarse a símbolos fálicos. Hay escritos en los que se afirma que en tiempos de nuestros antepasados cuando una mujer conseguía un buen lanzamiento corría a colocarse encima de los bolos y después de levantarse la falda, se burlaba de los supuestos atributos sexuales masculinos10.

4. MODALIDADES DE BOLOS FEMENINOS
EN LA RIOJILLA BURGALESA
De la misma manera que ocurre en toda Castilla y León y en la provincia de Burgos, la comarca de la Riojilla Burgalesa en rica en lo que a modalidades de bolos se refiere. De hecho, se puede señalar que prácticamente existe una modalidad en cada una de las poblaciones visitadas, si bien es verdad que todas
ellas parecen tener un origen común, aunque han ido adquiriendo normas o características propias de cada pueblo. De todas las modalidades encontradas, únicamente dos cuentan con un reglamento escrito y estandarizado: los Bolos de
Belorado y los de Cerezo de Río Tirón.
Para evitar repeticiones, a continuación se desarrollará de manera detallada la modalidad de juego de Belorado y se hará una reseña en forma de tabla de los aspectos más distintivos del resto de variantes, distinguiendo entre aquellas con reglamento escrito y estandarizado y aquellas que no lo tienen.

4.1. Bolos de Belorado
En la localidad de Belorado el juego de Bolos es una modalidad practicada exclusivamente con mujeres desde que se tiene constancia de su existencia hasta la actualidad. Tal es así que incluso hoy en día los hombres tienen vetada su participación en las partidas.
Como ya se señaló con anterioridad, los orígenes de esta manera de jugar a los bolos hay que buscarlos en la introducción de costumbres procedentes de Centroeuropa. Según afirma De la Villa11 existe un grabado de De Lille (s. XVII) en el que se puede observar una escena del juego de bolos que claramente recuerda a una partida actual de las mujeres beliforanas. Los primeros documentos escritos que hacen referencia a la práctica de los bolos en esta localidad burgalesa aparecen en el s. XVIII. Desde ese momento se producirá una expansión muy importante que llegará hasta la Dictadura Franquista, produciéndose una importante disminución en la práctica a partir de la década de los 60 del s. XX. A principio de los años 80 distintas asociaciones de la localidad deciden recuperar e impulsar la tradición organizando anualmente un campeonato durante la época estival en el cual, como ya se ha señalado, participan única y exclusivamente mujeres.
a. Objetivo del juego
Las participantes, distribuidas en dos equipos de igual número de componentes,
disponen de varios lanzamientos para tratar de derribar el mayor número de bolos posible y, en conjunto, sumar más tantos que el equipo rival. Para ello se emplean nueve bolos de forma troncocónica de entre 45 y 48 cm de longitud y un bolo de menor tamaño (28 cm) denominado “mique”. La bola con la cual se efectúan los lanzamientos tiene unos 25 cm de diámetro y unos 3,5 - 4 kg de peso, con dos hendiduras para facilitar el agarre (Imagen 1).

El terreno de juego en la actualidad consiste en una superficie lisa de hormigón, de 26 x 7,30 metros, aunque antiguamente este juego se desarrollaba en un espacio de tierra o de arena. En este terreno se marcan dos líneas, una que indica el lugar desde donde se realiza el primer lanzamiento (tirada desde “arriba”) y otra que marca la situación del “mique” y determina  si el lanzamiento es válido o no.

Desde ésta se realiza el segundo lanzamiento o tirada desde “abajo”. Ambas están separadas por 11 metros. A 2,8 m de la primera se sitúa el castro o “bolada”, donde se colocan los 9 bolos de mayor tamaño formando un círculo con un bolo en el centro.

Figura 1: Terreno de juego en el juego de bolos de Belorado.
b. Desarrollo del juego
En este juego se enfrentan dos equipos de igual número de jugadoras (seis cuando se trata del campeonato oficial). En primer lugar lanzan todas las jugadoras de un equipo y luego las del otro. Cada jugadora tira primero desde “arriba” (Imagen 3) y luego desde “abajo” (Imagen 4) sumando la puntuación
obtenida. En la tirada desde “arriba” cada bolo suma un punto y si además se consigue tirar el “mique” se añaden cuatro puntos más al total.
Para efectuar la tirada desde “abajo” se levantan los bolos que se hayan derribado. En esta tirada no se puede derribar el “mique” y cada bolo abatido añade un tanto más a la cuenta del equipo.

 
ICuando ya han lanzado los dos equipos cada uno suma su puntuación y aquel que haya obtenido menor tanteo comenzará la siguiente tirada con desventaja puesto que descontará o “desquitará” la diferencia de puntos que tuviese con el rival, empezando por tanto desde una puntuación negativa.
La segunda tanda se realiza siguiendo el mismo procedimiento que la primera. Gana la partida el equipo que finalmente tenga más tantos en su haber.
c. Jugadas con carácter especial
- “Chona”: Se conoce con este nombre a la situación en la que una jugadora, en su primer lanzamiento, no ha conseguido superar con la bola la línea del “mique”. No suma ningún punto y además pierde su derecho a tirar desde “abajo”.
- “Bolada”: Se produce cuando una jugadora derriba los nueve bolos situados en círculo y además el “mique”. Dicha jugada supone ganar la partida completa, aunque las rivales cuentan con una oportunidad para intentar igualarla.
Como ya se indicó con anterioridad, a continuación se presenta un cuadro en el que se recogen los aspectos distintivos de las modalidades encontradas en los diferentes pueblos de la Riojilla Burgalesa12 teniendo en cuenta como punto de partida la modalidad anteriormente explicada.
OBJETIVO TERRENO DE JUEGO Y
MATERIAL DESARROLLO DEL JUEGO JUGADAS ESPECIALES
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CEREZO DE RÍO TIRÓN (Modalidad con reglamento escrito y estandarizado).
Alcanzar antes que el rival un tanteo fijado (100-150 tantos).
Nueve bolos (40 cm).
Bolo “miquel” o “ramiro” (30 cm). Bola con 2 hendiduras. Longitud del terreno medida en pasos (15 pasos). Dos líneas: de “arriba” y de
“miquel”.
Bolos colocados en círculo. Dos equipos de igual número.  Dos tiradas: de “arriba” y de “abajo”.  De “arriba”: Bolo derribado: un punto.
“Miquel” derribado: 4 puntos. De “abajo”: Bolo derribado: un punto.
- “Chona”. - “Juego”: Equivalente a “bolada”. - “Esmilrrar”: Lanzar desde “abajo”. -“Chona corrida”: Tirada desde “arriba” sin derribar ningún bolo.

FRESNO DE RÍO TIRÓN (Modalidad sin reglamento normalizado)
Conseguir el mayor número de puntos en un determinado número de tiradas.
Nueve bolos (45-50 cm).
Bolo “miñique” (igual o más corto). Bola sin hendiduras. Terreno de 15 m de longitud. Dos líneas: de “arriba” y de “miñique”.
Bolos colocados en 3 líneas de 3. Dos o más equipos.
Dos tiradas: de “arriba” y de “abajo”. De “arriba”
Bolo derribado: un punto “Miñique”: Se duplica el valor de los bolos derribados.  Si un bolo de los derribados supera la línea del “miñique”: Se duplica el valor de los bolos derribados. De “abajo” Bolo derribado: un punto.
- “Mocha”: Equivalente a “Chona”

PURAS DE VILLAFRANCA (Modalidad sin reglamento normalizado)
Alcanzar antes que el contrincante un tanteo fijado de antemano. Bolos igual que en Fresno de Río Tirón.
Bola con dos hendiduras.
Longitud del terreno libre: tomando como referencia aspectos del entorno (árboles, farolas, casas, etc..)
Bolos colocados en 3 líneas de 3.
Dos o más equipos.
Dos tiradas: desde la línea de nueve bolos y desde la línea del “Miñique” Desde la línea de nueve:
Bolo derribado: un punto. “Miñique”: 5 puntos. Si un bolo de los derribados supera la línea del “miñique”, la jugadora puede lanzar con este bolo desde dicha línea hacia los nueve bolos. Bolo derribado: un punto.
- “Orra”: Equivalente a “Chona”.

VILLAMAYOR DEL RÍO (Modalidad sin reglamento normalizado)
Tratar de derribar el mayor número de bolos en un determinado número de partidas.
12 bolos (50 cm). “Miliqui” de menor tamaño. Bolas de diferentes tamaños sin hendiduras.
Longitud del terreno medida en pasos (15 pasos).
Bolos en 3 filas de 4 bolos.
Dos equipos de igual número.
Desde la primera línea la jugadora lanza dos bolas en dos tiradas.
Bolo derribado: un punto. “Miliqui” derribado: 5 puntos y derecho a tirar desde su línea. Bolo derribado desde esa línea: un punto.
- “Chona”.
- “Bolada”.

QUINTANILLA DEL MONTE EN RIOJA (Modalidad sin reglamento normalizado)
9 bolos (45-50 cm).
“Mique”: (45-50 cm).
Bola sin hendiduras.
Longitud del terreno libre: tomando como referencia aspectos del entorno.
Nueve bolos colocados en círculo.
Juego individual. Cada jugadora un lanzamiento. Desde la línea de ”Mique”.
Bolo derribado: un punto.

SAN PEDRO DEL MONTE (Modalidad sin reglamento normalizado)
12 bolos (50 cm).
“Miqui”: (25 cm).
Bola con dos hendiduras.
Longitud del terreno medida en pasos (15 pasos)
Bolos en 3 filas de 4 bolos
Dos equipos de igual número.
Cada jugadora realiza dos tiradas.
Desde la línea de 12 bolos:
Bolo derribado: un punto. “Miqui” derribado: Se duplica la puntuación obtenida. Desde la línea de “Miqui”: Bolo derribado: Un punto.

Además de estas modalidades, existen variantes del juego en Viloria de Rioja, Redecilla del Campo,
San Miguel de Pedroso, Fresneña, Tosantos, Villambistia y Espinosa del Camino. Sin embargo,
debido a que éstas son prácticamente identicas a la modalidad de Belorado, anteriormente explicada
de manera concreta, no haremos mención a las mismas.

5. CONCLUSIÓN
A modo de conclusión podemos señalar que de toda la información extraída acerca de los juegos populares de la comarca de la Riojilla Burgalesa se desprenden dos ideas fundamentales: por un lado, que en esta comarca se produce una distinción clara entre las características generales de los juegos de
hombres y las de los de mujeres y por otro que el juego de bolos siempre ha sido
exclusivamente femenino. Esa distinción entre los juegos masculinos y femeninos radica fundamentalmente en las obligaciones cotidianas de unos y de otros.
Así, la mujer se ha visto relegada al entorno del hogar y al cuidado de los niños, lo que provoca que sus juegos también se produzcan en ese ámbito, siempre que no alteren o interrumpan esos quehaceres diarios. Sin embargo, los juegos masculinos aparecen vinculados al entorno laboral y de ocio, siempre externos al hogar, y por lo general llevan aparejados aspectos como la apuesta o el reto. En el caso de las mujeres, el juego de bolos tiene una esencia grupal, e incluso vecinal, que en los juegos masculinos se diluye, a favor de un enfrentamiento, casi siempre individual, ligado a la persecución de un determinado prestigio o estatus social. En lo que hace referencia a las distintas modalidades de bolos encontradas, simplemente señalar que todas ellas parecen tener un origen común, que luego ha ido derivando en cada una de las localidades visitadas en variantes con personalidad propia.

NOTAS
1 Sedano, S: Juegos Populares y Tradicionales en el Camino de Santiago: Belorado y la
Riojilla Burgalesa, Burgos, Asociación Cultural La Tanguilla, 2008. 2 Martín Nicolás, J.C: Fundamentos de los juegos y deportes tradicionales en el ámbito
de la Educación Física, León, Universidad de León, 2003.
3 Maestro, F: “Museo de Juegos Tradicionales Campo. Revista ibérica.com. Acceso en :
http://www.revistaiberica.com/museos/museo_del_juego_tradicional.htm.Madrid, Editorial
Ocitur, 2009. (Consultado el 10 de Septiembre de 2009).
4 Torres, G: Juegos de toda vida. Burgos, Asociación Cultural Cerasio, 2002.
5 Gómez Villar, R: Belorado y su comarca. Economía, Sociedad y Vida Cotidiana (1700-
1813). Burgos, Ayuntamiento de Belorado. 2000.
6 Maestro, F: “Museo de Juegos Tradicionales Campo”. Revista ibérica.com, Acceso en:
http://www.revistaiberica.com/museos/museo_del_juego_tradicional.htm. Madrid, Editorial
Ocitur, 2009. (Consultado el 10 de Septiembre de 2009).
7 En Sedano, S: Juegos Populares y Tradicionales en el Camino de Santiago: Belorado y la
Riojilla Burgalesa, Burgos, Asociación Cultural La Tanguilla, 2008.
8 Gómez Villar, R: op.cit.,. “...como también en que no haya juegos públicos durante la misa
conventual, explicación de la Doctrina, y rezo del Rosario por la tarde, y los que se hallasen
ocupados en los juegos sean castigados con dos reales de vellón cada uno...” (Gómez
Villar, 2000).
9 Ibid..
10 Archivo Municipal de Belorado.
11 Villa, C. de la: Juegos y Deportes Tradicionales Burgaleses. Burgos, Asociación Cultural
La Tanguilla, 2009.
12 Sedano, S: Juegos Populares y Tradicionales en el Camino de Santiago: Belorado y la
Riojilla Burgalesa, Burgos, Asociación Cultural La Tanguilla, 2008.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
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BRAUN TRUEBA, J: Bolos y Cultura. Aportación al origen y desarrollo de los Bolos en Cantabria. Artes gráficas
“Resma”, Santander, 1984.
DE LA CRUZ, Fr. V. Burgos, Juegos Populares, Navarra, Caja de Ahorros Municipal de Burgos, 1993.
DE LA VILLA, C: Juegos populares y tradicionales burgaleses, Burgos, Asociación Cultural La Tanguilla, 2009.
FERNÁNDEZ DE GAMBOA, A. Los Bolos en España. Gijón, Editorial Bankunion, 1978.
GÓMEZ VILLAR, R: Belorado y su comarca. Economía, Sociedad y Vida Cotidiana (1700-1813). Burgos, Ayuntamiento
de Belorado. 2000.
MAESTRO, F. “Museo de Juegos Tradicionales Campo”. Revista ibérica.com, Acceso en: http://www.revistaiberica.
com/museos/museo_del_juego_tradicional.htm. Madrid, Editorial Ocitur, 2008. (Consultado el 10 de Septiembre
de 2009).
MARTÍN NICOLÁS, J.C: Fundamentos de los juegos y deportes tradicionales en el ámbito de la Educación Física,
León, Universidad de León, 2003.
MARTÍN NICOLÁS, J.C: Juegos tradicionales y deportes autóctonos de Castilla y León. León, Universidad de León,
2002.
MERINO ALEGRE, A. Manual informativo, Burgos y su provincia. Burgos, 1998.
MORENO PALOS, C. Juegos y deportes tradicionales en España, Madrid, Alianza Deporte, 1992.
MORENO PALOS, C. Aspectos recreativos de los juegos y deportes tradicionales en España. Madrid, Gymnos,
1993.
SEDANO, S: Juegos Populares y Tradicionales en el Camino de Santiago: Belorado y la Riojilla Burgalesa, Burgos,
Asociación Cultural La Tanguilla, 2008.
TORRES, G: Juegos de toda vida. Burgos, Asociación Cultural Cerasio, 2002.
V.V.A.A. Encuentro Nacional de los Deportes Autóctonos de Castilla y León. Medina del Campo 15 y 16 de Mayo,
Valladolid, Junta de Castilla y León,1992.

miércoles, 22 de septiembre de 2010

La comarca a por una Orquesta de Cuerda

Una orquesta de cuerda en el medio rural
Nerea Maeso ha hecho realidad su sueño y, junto a su marido, ha formado una agrupación musical con dos orquestas. Diario de Burgos 22/09/2010 J.A. de Hoyos

Nerea Maeso regresa de Venezuela en el año 2002, acompañada de Ronald-Enrique Virgüez y tres hijos: Rafael, Diego y Victoria. Instalan su domicilio en Belorado donde Nerea tiene ascendientes y es el lugar elegido para cumplir un sueño: lograr constituir una orquesta de cuerda.
Los comienzos son difíciles, hay que hablar de iniciación en el aprendizaje de música y de la necesidad instrumental, convencer de sus ‘pros’ y salvar los ‘contras’, entre estos últimos el más complicado: un local. Se esquivan los escollos y la actividad comienza con 8 niños, incluidos sus hijos que van camino del virtuosismo interpretativo. Para ello y como homenaje a su abuela beliforana, de la que no pudo disfrutar en sus primeros años de vida, fundan la Escuela Teresa Abella. Lo principal estaba conseguido, abrir el horizonte educativo en la villa y su comarca. Surgieron nuevos avatares y todos fueron desplazados por el tesón de Ronald-Enrique y Nerea que tenían claro el camino. Ella con su violín, él con su viola, los dos convencidos de que su empeño podría conducirles a la meta. Y así es en la actualidad. Nerea y Ronald-Enrique se hallan al frente de una agrupación con dos orquestas: Jóvenes Arcos y Arcos Infantiles, en las que ‘militan’ 48 músicos de todas las edades, esencialmente jóvenes que se plantean la música, en unos casos como profesional y, en otros, como algo vital para ampliar conocimientos, desarrollar su personalidad y ampliar su círculo social.
Cuenca Nerea que tienen los ensayos la tarde los sábados y, aún así, llegan todos con la ilusión de trabajar, de mejorar su interpretación. «Se sienten bien y cómodos con su violín, viola, chelo o contrabajo. El medio rural nos ha exigido mucho para llegar, pero se ha logrado una meta de la que nos sentimos muy orgullosos», añade.
Han protagonizado más de 50 conciertos en localidades de la comarca y fuera de ella. Están programando actuaciones en Santander, San Sebastián y Madrid con apoyo de asociaciones sin ánimo de lucro, al igual que ellos. En el concurso Regino Sáinz de la Maza, en Burgos, lograron clasificarse en categorías de conjuntos instrumentales y como solistas, Victoria y Diego Enrique, dos de sus hijos, obtuvieron primeros premios.
Su participación en eventos festivos empieza a ser tradicional y Belorado se siente orgulloso de esta formación musical que va por el mejor caminos. Además, Ronald-Enrique ha pasado a formar parte de la Orquesta Sinfónica de Castilla y León y, junto a Nerea, imparten clases en la Escuela Municipal de Burgos y en la Academia Luber.

Bueno, por creer en las posibilidades de los pueblos!!!


lunes, 20 de septiembre de 2010

Jose Antonio Labordeta. Regresaré a la casa, la Casa de mi padre, abriré las ventanas, y que la limpie el aire

Un homenaje a una hombre grande, recio, honrado, coherene y libre, un hombre de pueblo
JOSE ANTONIO   L A B O R D E T A
Aquí la letra de su canción, recuerdo de todos los que hemos regresado a nuestro pueblo a abrir las ventanas de la casa de nuestro padre.

Regresaré a la casa,
la casa de mi padre,
abriré las ventanas
y que la limpie el aire.

Que limpie la esperanza,
que arrastre los recuerdos,
y arranque de los muros
los retratos ya viejos.

Que azote las arañas,
las ratas campesinas
que invaden los rincones
donde murió la vida.

Regresaré a la casa,
la casa de mi padre,
abriré las ventanas
y que la limpie el aire.

Renovaré los suelos,
el techo, los tejados
y el muro que soporta
los cierzos más airados.

Blanquearé el silencio,
el patio, la cadiera,
y el rincón donde, niño,
crecimos hacia fuera.

Regresaré a la casa,
la casa de mi padre,
abriré las ventanas
y que la limpie el aire.
Y cuando respirables
resulten las alcobas,
traeré a mis compañeros
para iniciar la obra
de levantar un árbol
delante de la puerta,
que dé cobijo al aire
y al hombre le dé sombra.

Regresaré a la casa,
la casa de mi padre,
abriré las ventanas
y que la limpie el aire.

c) José Antonio Labordeta. L.P. "Recuento", 1995.

domingo, 12 de septiembre de 2010

Transacciones Inmobiliarias en el Municipio de Redecilla del Camino

Se percibe claramente el efecto de la inscripción en el registro de la propiedad de las 17 casas que la Cooperativa de Viviendas El Reláchigo ha promocionado en Redecilla del Camino.
En todo el año 2009 el nº de transacciones en el municipio de Redecilla del Camino ha sido de 18 un 1.700,00% mas que en el mismo periodo del año anterior hasta el 4º trimestre.

Segun los datos del 2º Trimestre del 2010 publicados por el Ministerio de Vivienda, el nº de transacciones inmobiliarias en el municipio de Redecilla del Camino asciende a un total de 0 de las cuales 0 son transacciones de viviendas nuevas y 0 de segunda mano.

En todo el año 2010 el nº de transacciones en el municipio de Redecilla del Camino ha sido de 0 un -100,00% menos que en el mismo periodo del año anterior hasta el 2º trimestre (18 Transacciones).

En toda la provincia el nº de transacciones en todo el año ha sido de 2376 un un 3,13% mas que en el mismo periodo del año anterior hasta el 2º trimestre (2304 Transacciones).

A continuacion se muestra la evolución de los últimos años de forma grafica:

Fuente:Ministerio de Vivienda
Elaboracion:Foro-ciudad.com

lunes, 6 de septiembre de 2010

Evaluación ambiental de las Normas Urbanísticas de Redecilla del Camino

ORDEN MAM/1519/2009, de 3 de julio, por la que se aprueba el Documento de Referencia para la Evaluación Ambiental de las Normas Urbanísticas Municipales
de Redecilla del Camino,
promovidas por el Ayuntamiento de Redecilla del Camino (Burgos)
 
 
La Directiva 2001/42/CE, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, transpuesta al derecho español mediante la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, establece la obligatoriedad de someter a evaluación ambiental los planes y programas que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

Las Normas Urbanísticas Municipales (NUM) de Redecilla del Camino tienen como objetivo afrontar la ordenación general de todo el término municipal a través de un instrumento de planeamiento urbano que se encuentre adaptado al marco normativo establecido por la Ley 5/1999 de Urbanismo de Castilla y León y su actualización mediante la Ley 4/2008, de 15 de septiembre, de Medidas sobre Urbanismo y Suelo, en un municipio que no cuenta en la actualidad con normativa urbanística propia, por lo que le son de aplicación las Normas Urbanísticas de Planeamiento Municipal con ámbito Provincial de Burgos, aprobadas el 15 de abril de 1996.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la
Ley 9/2006, el Ayuntamiento de Redecilla del Camino envía a la Consejería de Medio Ambiente la comunicación sobre la iniciación del procedimiento de elaboración de las Normas Urbanísticas Municipales. En cumplimiento de lo establecido por el artículo 19.a) de la Ley 9/2006, el Documento de Iniciación es enviado por el órgano ambiental a las Administraciones públicas previsiblemente afectadas, así como a otras entidades y organizaciones vinculadas a temas medioambientales y público interesado con fecha de 14 de abril de 2009. Dicha consulta tiene por objeto que se emitan las consideraciones oportunas que deban estar contenidas en el Documento de Referencia, que sirve de base para la redacción del Informe de Sostenibilidad Ambiental.

Por todo lo anterior,

RESUELVO

Aprobar el Documento de Referencia para la elaboración del Informe de Sostenibilidad Ambiental de las Normas Urbanísticas Municipales de Redecilla del Camino (Burgos), que se adjunta como Anexo a esta Resolución.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la
Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, esta resolución se comunicará al órgano promotor y se hará pública a través del - Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 3 de julio de 2009.

La Consejera,

Fdo.: María Jesús Ruiz Ruiz

ANEXO QUE SE CITA

DOCUMENTO DE REFERENCIA DE LA EVALUACIÓN AMBIENTAL

DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES

DE REDECILLA DEL CAMINO (BURGOS)

La Evaluación Ambiental Estratégica (E.A.E.) es el instrumento de prevención encaminado a integrar los aspectos ambientales dentro de la fase de toma de decisiones de planes y programas públicos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

El procedimiento de evaluación ambiental establecido en la
Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, incluye un Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA), definido en los artículos 2.e) y 8 como un documento a elaborar por el órgano promotor, que formará parte del Plan, en este caso, de las Normas Urbanísticas Municipales (NUM), y que tiene por objeto identificar, describir y evaluar los probables efectos significativos sobre el medio ambiente que puedan derivarse de su aplicación, así como unas alternativas razonables y ambientalmente viables. A la vista del Documento de Iniciación presentado por el órgano promotor, el artículo 19 de la Ley 9/2006 encomienda al órgano ambiental la elaboración y tramitación de un Documento de Referencia que establezca la amplitud, nivel de detalle y el grado de especificación del Informe de Sostenibilidad Ambiental de las NUM.

1.- RESULTADO DE LAS CONSULTAS PREVIAS A LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS AFECTADAS Y AL PÚBLICO INTERESADO.

Según lo dispuesto en el artículo 19.1.a) de la
Ley 9/2006, previamente a la elaboración del Documento de Referencia, se realizaron consultas a las Administraciones Públicas afectadas y al público interesado a fin de que formalizasen aquellas sugerencias que deberían ser tenidas en cuenta para la propuesta de las NUM y del ISA.
El Documento de Iniciación fue remitido a:
- Dirección General del Medio Natural.
- Consejería de Cultura y Turismo.
- Consejería de Agricultura y Ganadería.
- Consejería de Interior y Justicia.
- Universidad de Burgos.
- Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos.
- Delegación del Gobierno en Castilla y León.
- Confederación Hidrográfica del Ebro.
- Cámara de Comercio e Industria de Burgos.
- Organizaciones Empresariales de Castilla y León.
U. G. T. en Castilla y León. CC. OO. en Castilla y León. Unión de Campesinos de Castilla y León. Ecologistas en Acción en Burgos.

EXTRACTO DE LAS
SUGERENCIAS PRESENTADAS AL DOCUMENTO DE INICIACIÓN

Informe del Servicio de Espacios Naturales de la Dirección General del Medio Natural: En primer lugar, reúne toda la legislación ambiental específica que es de aplicación en la redacción de las NUM de Redecilla del Camino. Posteriormente, analiza la presencia en el municipio de determinadas figuras de protección ambiental, señalando la existencia del LIC ES4120075 « Riberas del río Tirón y afluentes » y los Montes de Utilidad Pública n. os 40, 41 y 42

. Así mismo, se señala la existencia de montes no demaniales (de dominio publico
http://es.wikipedia.org/wiki/Dominio_p%C3%BAblico ), cuya calificación deberá ser acorde con la protección que la Ley 43/2003, de Montes, les concede.

En el caso de que se planteen clasificaciones de suelo urbano o urbanizable colindantes con terrenos forestales, deberá tenerse en cuenta lo dispuesto en el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el
Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo y el texto refundido en el Real Decreto 1371/2007 de 19 de octubre que establece en su artículo 11 las exigencias básicas de seguridad en caso de incendio (SI), con un apartado específico desarrollado en la sección SI 5 sobre intervención de bomberos respecto al entorno de los edificios (25 m. de distancia entre la zona edificada y la forestal así como un camino perimetral de 5 m.).

También se aconseja proteger de forma activa las zonas de valor ecológico o fragilidad ambiental, en especial cauces de agua naturales y bordes de las parcelas. En cualquier caso, se aconseja la consulta al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos para disponer de una información más detallada acerca de los valores naturales del municipio.

En el apartado de sugerencias y conclusiones, enfatiza que la elaboración de las NUM deberá partir de un pormenorizado estudio del territorio municipal y de su entorno circundante (medio físico, biológico, socioeconómico, etc.) que permita conocer los valores ambientales y sus principales problemas sirviendo de base para establecer una valoración ambiental que fundamente la clasificación y calificación del suelo del término, de forma que el modelo territorial adoptado respete los principios de sostenibilidad ambiental que debe presidir el instrumento básico de regulación de las actividades del término municipal, de acuerdo con el espíritu y principios de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León; y la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León (y su Reglamento).

El ISA deberá concretar especialmente la información relativa al Espacio Red Natura 2000, poblaciones, hábitats de especies silvestres, especímenes y montes no demaniales.

Puntualiza que en el término municipal se encuentran representados numerosos hábitats de interés comunitario (Anexo I de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre), a los que no se hace mención y para los que no se propone ningún tipo de protección y que conviene su inclusión en la categoría de suelo rústico con protección natural.

En todo caso, deberá figurar expresamente la existencia de espacios de la Red Natura 2000, detallando los mismos (tipo, nombre, ubicación) así como los requerimientos legales a que están sujetos (
Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad).

Informe de la Consejería de Cultura y Turismo: Señala que la documentación remitida contiene un catálogo de los yacimientos arqueológicos, recoge los Bienes de Interés Cultural existentes en el ámbito territorial. Dada la importancia de los bienes de integrantes del Patrimonio Cultural existentes en el término municipal el informe considera que se deben implementar todos los procedimientos y medidas necesarios para garantizar la protección de estos elementos culturales. No obstante, si una vez iniciada la tramitación del expediente apareciesen nuevos elementos que pudieran afectar al
patrimonio cultural, será necesario realizar una nueva consulta a la Consejería.

Informe de la Consejería de Interior y Justicia: La Agencia de Protección Civil y Consumo señala en lo relativo a protección civil que es preciso incluir un estudioanálisis de riesgos, tanto naturales como tecnológicos. Si de estos análisis pudiera desprenderse que pueden existir zonas potencialmente peligrosas para la población debe valorarse la necesidad de hacer un estudio más en detalle sobre los riesgos detectados a la hora de determinar los usos del suelo.

2. CONTENIDO, AMPLITUD Y NIVEL DE DETALLE DEL INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL (ISA).

La estructura y contenidos del ISA deben estar ajustados a lo establecido en el artículo 8 y en el Anexo I de la
Ley 9/2006, de 28 de abril, complementando y valorando el contenido de las NUM en lo que se refiere a objetivos ambientales, repercusiones ambientales y medidas contempladas para garantizar efectos positivos en el medio ambiente y, en su caso, atenuar los posibles efectos negativos. En el ISA, el promotor debe identificar, describir y evaluar todas las afecciones resultantes de la puesta en marcha del plan o programa en el medio ambiente, así como aportar las medidas y alternativas oportunas para su resolución.

En este proceso, el ISA no debe ser una mera justificación del Plan, sino un instrumento de la integración del medio ambiente en la ordenación territorial, a fin de garantizar un desarrollo sostenible más duradero, justo y saludable que permita un uso racional de los recursos naturales. El ISA es un documento que será « parte integrante de la documentación del Plan », lo que conlleva evitar la repetición ó duplicación de la información que se encuentre en otros documentos de las NUM, por aplicación de la voluntad de no reiteración expresada, entre otros, en el artículo 8.3 de la
Ley 9/2006.

El fomento de la transparencia y de la participación ciudadana deben ser condiciones indispensables del proceso de tramitación de la evaluación ambiental, con el objetivo de exponer y concienciar a la sociedad de las implicaciones de su puesta en marcha. El ISA deberá cumplir la condición de ser « accesible e inteligible para el público y las Administraciones Públicas », sobre la base de un contenido sucinto, razonado y expresivo, sustentado en referencias sintéticas y claras a partes concretas del Plan en las que puede encontrarse la información y el análisis más detallado y complejo.

A tales fines, la estructura y contenidos del ISA, que en parte ya se encuentran perfilados en el documentación aportada, deberán ser los siguientes:

a) Breve descripción de las NUM de Redecilla del Camino y de su contexto de aplicación, especificando:
Las características geográficas básicas que definen el municipio. Los objetivos esenciales del Plan, motivos de su propuesta, horizonte temporal y fases de desarrollo. Cuadro resumen de las superficies resultantes de la nueva zonificación, donde queden precisados en términos absolutos y relativos la extensión de suelo urbano, urbanizable y rústico en todas sus categorías. Además deberá cuantificarse el número de viviendas y el volumen de población previsto en aplicación de las NUM.
Planos de información relativos a elementos y valores de tipo ambiental.
Planos de clasificación del suelo de todo el término municipal a escala adecuada.

b) Objetivos de protección ambiental que guardan relación con las NUM y la manera en que se han tenido en cuenta durante su elaboración.

c) Situación ambiental actual y problemática ambiental existente. Se describirán, de forma clara y sintética, los aspectos relevantes de las características del medio ambiente del municipio y su relación con el desarrollo urbanístico. En particular, se deberá hacer mención expresa de los valores ambientales existentes, del grado de conservación y de los principales problemas detectados en materia de protección del medio ambiente y del paisaje local.

d) Examen de las alternativas consideradas, incluida la alternativa cero, y justificación de la alternativa seleccionada. En cada una de las distintas alternativas deberán evaluarse aquellos elementos que minimicen el consumo de recursos naturales, maximicen los sistemas de prevención de la contaminación y que, en general, reduzcan las alteraciones ambientales.

e) Identificación y caracterización de los efectos ambientales. Se valorarán cuantitativa y cualitativamente los efectos previsiblemente generados por la ordenación propuesta en las NUM sobre los distintos factores del medio natural, allí donde su incidencia alcance cierta significación, bien sea por su naturaleza, magnitud o amplitud por sus sinergias y efectos acumulativos o por la entidad de las transformaciones asociadas sobre espacios naturales protegidos, paisaje, vegetación, hidrología, vías pecuarias, usos del suelo, estructura socioeconómica, capacidad de acogida del territorio, abastecimiento, saneamiento y depuración de aguas residuales y
patrimonio cultural.

f) Medidas previstas para prevenir, reducir y, en la medida de lo posible, contrarrestar cualquier efecto significativo en el medio ambiente por la aplicación de la ordenación propuesta, prestando especial atención a aquellas iniciativas encaminadas a la gestión sostenible del agua, a la conservación del suelo y al mantenimiento de la biodiversidad y a la disminución de gases de efecto invernadero.

g) Programa de seguimiento ambiental donde se definan los parámetros e indicadores básicos para la revisión de los efectos indirectos del desarrollo urbanístico y la comprobación del cumplimiento de las prescripciones del ISA. El seguimiento constituye un aspecto esencial a la hora de anticiparse a efectos imprevistos de la ordenación. Es imprescindible que entre los indicadores ambientales el ISA seleccione aquellos dotados de mayor carácter sintético y representatividad a la hora de realizar la verificación de los efectos indirectos del desarrollo urbanístico.

h) Resumen no técnico de la información facilitada en virtud de los párrafos precedentes.

i) Informe sobre la viabilidad económica de las alternativas, incluida la alternativa cero y de las medidas dirigidas a prevenir, reducir o paliar los efectos negativos de las NUM.

3. CRITERIOS AMBIENTALES ESTRATÉGICOS Y PRINCIPIOS DE SOSTENIBILIDAD.

El Informe de Sostenibilidad Ambiental, como parte de las NUM debe integrarse en la toma de decisiones de la ordenación del suelo prevista y, como mecanismo para cumplir el objetivo general de proteger los recursos naturales y el paisaje del municipio.

Siguiendo del esquema planteado en el apartado anterior, el ISA deberá partir del estudio de la organización del territorio local donde sean precisadas las características ambientales y paisajísticas del municipio, las potencialidades y también los problemas y amenazas ambientales, es decir, una descripción del medio físico biótico y abiótico del término municipal. Posteriormente, deberá evaluar la viabilidad ambiental de la propuesta de ordenación de las NUM, atendiendo a la capacidad de acogida del municipio y a los valores ambientales existentes, de conformidad con los siguientes criterios ambientales:

1. Modelo territorial y usos del suelo
. La documentación aportada a efectos de Documento de Iniciación del trámite ambiental de las NUM de Redecilla del Camino señala como fines y objetivos la creación de un marco adecuado que posibilite el desarrollo urbanístico ordenado con el establecimiento concreto de las posibilidades edificatorias y los usos admisibles en cada terreno, el señalamiento de las determinaciones reguladoras del planeamiento parcial, la catalogación y protección de su patrimonio edificado y del afectado por el Camino de Santiago, así como la preservación del proceso edificatorio en la parte del territorio que cuente con especiales valores naturales, paisajísticos, agrícolas o forestales.

El modelo territorial del avance de las NUM de Redecilla del Camino
.- mantiene el casco antiguo como suelo urbano consolidado, conservando su parcelación y trazado y promoviendo la reformar o renovación de las edificaciones existentes,
.- y a su vez lo amplia con zonas de solares y terrenos ya edificados, que cuentan con alineaciones antiguas o nuevas y con servicios urbanísticos, en la que se posibilitarán los usos residencial, de almacenamiento, de talleres y agropecuario.
.- Se crean, en terrenos aledaños al casco urbano por su zona noreste, dos sectores de suelo urbano no consolidado de uso predominantemente residencial y al sur otro más.
.- Establece un único sector de suelo urbanizable delimitado, de unas 14,75 Ha., sin ordenación detallada y de uso industrial situado en el extremo este del casco urbano, en el margen derecho de la Carretera N120.
.- Se clasifica como suelo rústico con protección natural los Montes de Utilidad Pública existentes y el cauce y servidumbre de los ríos Reláchigo y Villar.
.- Se establece una protección cultural en los yacimientos arqueológicos, en el entorno del Camino de Santiago y en los alrededores de la Ermita de Nuestra Señora De Ayago.
.- La carretera N120 y sus zonas de protección están incluidas como suelo rústico con protección de infraestructuras.
.- El resto del término municipal, no incluido como suelo urbano o urbanizable, correspondiente sobre todo a su mitad norte, se clasifica como suelo rústico común.

El modelo territorial de las NUM, parece decantarse por una propuesta de ordenación racional y contenida que prioriza soluciones concretas para la estructura interna y la vitalidad de este núcleo de población, considerando en la clasificación del suelo sus valores ambientales y paisajísticos. Más aún teniendo en cuenta que esta clasificación representa la definición a largo plazo de un modelo de ocupación del territorio para el municipio y que los objetivos de sostenibilidad de que las NUM deben lograr la integración de la variable ambiental en el diseño de la propuesta de ordenación.

En esta línea, se valora positivamente la intención de evitar desarrollos urbanísticos fuera del entorno del núcleo de población existente, a excepción del sector de suelo urbanizable delimitado situado en el extremo este del casco urbano pero que es de uso industrial, y la catalogación del suelo rústico en cuatro categorías, de protección natural, de protección cultural, de protección de infraestructuras y común, previstas en la normativa, según la vocación de los terrenos y en el grado de conservación que se pretenda. El establecimiento de figuras de protección en el ámbito municipal y de su adecuada normativa, permitirá potenciar los suelos productivos en función de sus cualidades y proteger los suelos con mayor biodiversidad con el objetivo de que la agricultura y la ganadería sigan siendo el sustento vital del municipio.

El ISA deberá aclarar el modelo de crecimiento y el sector que se tiene previsto clasificar como suelo urbanizable, en relación con el Art. 34.1 de la Ley 5/1999 de Urbanismo de Castilla y León. Además, las NUM deben justificar en base a demandas reales, teniendo en cuenta las pocas construcciones que se han realizado en los últimos años, la necesidad de suelo para dar cabida a las expectativas existentes de construcción de nuevas viviendas y de equipamiento comunitario; y ello en los términos exigidos en el artículo 13 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León. Junto a ello, el
Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que aprueba el texto refundido de la ley de suelo, ha modificado el carácter residual del suelo urbanizable, de forma que su definición debe obedecer a una clasificación responsable sustentada en previsiones y datos objetivos sobre las necesidades del municipio. En estos mismos términos, la Ley 4/2008, de 15 de septiembre, de Medidas sobre Urbanismo y Suelo, establece que el suelo urbanizable corresponderá aquellos terrenos cuya transformación en suelo urbano se considere justificada a la vista de las demandas de suelo para usos residenciales, dotacionales o productivos.

Por todo ello, el ISA deberá valorar la viabilidad ambiental del modelo territorial propuesto en las NUM de Redecilla del Camino, empleando, al menos, los siguientes criterios ambientales:

a. Que la nueva clasificación del suelo esté ajustada a la vocación de los terrenos, a su interés social y a las características del entorno, según lo establecido en la legislación básica de suelo y su aplicación en Castilla y León mediante la Ley 4/2008, de 15 de septiembre, de Medidas sobre Urbanismo y Suelo.

b. Que la ordenación del municipio propicie zonas urbanas razonablemente compactas y variadas, una adecuada protección y pervivencia de los terrenos de naturaleza rústica y una zona de transición entre ambos, donde se establecen medidas para evitar que se convierta en un espacio caótico y marcado por expectativas de revalorización.

c. Que se garantice la protección del medio ambiente y del
patrimonio natural, e incentive el valor ambiental como recurso territorial y turístico sin menoscabo de su conservación.

2. Áreas naturales
. El término municipal de Redecilla del Camino, de superficie aproximada 1.200 Ha., con forma alargada de norte a sur y con altitud media de 740 m. sobre el nivel del mar, se encuentra situado al este de la provincia de Burgos, en la Comarca Montes de Oca, en el partido judicial de Briviesca y a unos 59 Km. de la capital. Los principales ríos son el Reláchigo, cerca del casco urbano y el Villar ó Medio que atraviesa la mitad sur. También existe al oeste una balsa de agua para riego, junto a Bascuñana. Tiene actualmente una población de 148 habitantes, cuya economía se basa fundamentalmente en la agricultura, principalmente en el cereal y en la ganadería.

Como señala el informe de la Dirección General del Medio Natural, el municipio de Redecilla del Camino contiene recursos ambientales destacados que han valido su inclusión en la Red Natura 2000 para la protección de especies y hábitats comunitarios a través del Lugar de Importancia Comunitaria LIC « Riberas del río Tirón y afluentes », se identifican también, los Montes de Utilidad Pública n. º 40, 41 y 42, como figura de protección medioambiental, que deberá clasificarse como suelo rústico de protección natural, así mismo, se señala la existencia de montes no demaniales, cuya calificación deberá ser acorde con la protección que la
Ley 43/2003, de Montes, les concede. El modelo territorial planteado en las NUM reconoce y protege algunos de los valores ambientales más sobresalientes del término pero ni en la memoria se hace referencia ni el plano de clasificación aparece representado el LIC « Riberas del río Tirón y afluentes », este error debe subsanarse.

En el municipio de Redecilla del Camino existen numerosos hábitats de interés comunitario, definidos y regulados por el Anexo I de la Directiva Hábitats 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres e incluidos en el Anexo I de la
Ley 42/2007 que conviene su inclusión en la categoría de suelo rústico con protección natural.

Los lugares y valores de interés natural que posee el municipio de Redecilla del Camino deben ser tenidos en cuenta en la propuesta de ordenación del suelo planteada en las NUM. El propio Documento de Iniciación formula unos interesantes, si bien muy genéricos objetivos. Por tanto, el ISA, partiendo de un estudio de los valores ambientales del término municipal, deberá justificar y plasmar la toma en consideración de los siguientes criterios ambientales:

a. Comprobar que las NUM garantizan la conservación de los hábitats y elementos naturales más importantes del término municipal a través de la clasificación como suelo rústico con protección natural e incorporándolos a los planos de ordenación.

b. El ISA deberá justificar la compatibilidad del patrón de crecimiento con la conservación del patrimonio ambiental y el mantenimiento de la calidad de los espacios de la Red Natura 2000.

c. Respecto a los Montes de Utilidad Pública n. º 40, 41 y 42 y las superficies forestales y de monte no arboladas que existen, el ISA deberá justificar la clasificación del suelo establecida para la protección de estas superficies y un adecuado régimen de edificación, en cumplimiento de la
Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León y de los criterios que en su caso puedan establecer el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos.

d. Determinar los efectos indirectos (vertidos, consumos de agua, nuevos accesos, ruidos, captaciones y movilidad) que, en función de la propuesta de ordenación de usos que se realice, la expansión urbana pueda provocar sobre el estado actual de los recursos naturales, así como determinar las medidas correctoras para prevenir o minimizar su intensidad y alcance.

e. Deberán figurar expresamente, tanto en el texto normativo como en la cartografía de ordenación, la existencia del espacio Red Natura 2000, teniendo en cuenta lo requerimientos legales a los que está sujeto (artículo 45.4 y Capítulo III del Título II de la
Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad).

3. Gestión del agua
. El agua constituye uno de los elementos más valiosos y más frágiles del medio ecológico. El ISA deberá justificar la existencia de recursos hídricos necesarios para satisfacer las nuevas demandas atendiendo, a los siguientes aspectos:

a. Garantizar una capacidad de suministro de agua ajustada al incremento de la demanda residencial prevista en el municipio. Las captaciones deberán estar avaladas por la autorización correspondiente del Organismo de Cuenca.

b. Adecuar la calidad del agua para cada uso concreto, ajustando sus condiciones al uso final que se le va a dar, y fomentar la reutilización de las aguas residuales para usos secundarios.

c. Asegurar una previsión de infraestructuras de saneamiento proporcionada al incremento esperado de la demanda.

d. Prever, con el nivel de detalle suficiente, el sistema de depuración de aguas residuales adecuado a los posibles incrementos en el caudal de las mismas, incorporando a tales efectos los criterios que establezca la Confederación Hidrográfica del Ebro.

e. Proteger el Dominio Público Hidráulico según los criterios establecidos por la Confederación Hidrográfica del Ebro.

4. Patrimonio cultural. El ISA deberá hacer un listado referente a los valores culturales y patrimoniales (históricos, artísticos, etnográficos, arqueológicos y paisajísticos) que alberga el municipio, recogiendo una breve síntesis de las conclusiones del Catálogo y cómo se han tenido en cuenta, tanto en las medidas relativas a su protección como en aquellas destinadas a su aprovechamiento y potenciación, aquellos elementos de mayor valor cultural en la propuesta de ordenación. El municipio de entre las muestras del
patrimonio cultural de la región, destaca el Camino de Santiago, por lo que se deberá tener en cuenta las determinaciones y las medidas que se hayan recogido en el Plan Regional del Camino de Santiago actualmente en redacción.

5. Protección del paisaje
. El paisaje como expresión visual de las diversas unidades de relieve, formaciones vegetales y aprovechamientos tradicionales, permite aproximarnos al conocimiento de los valores naturales y culturales, constituyendo un elemento básico del municipio que debe ser tenido en cuenta en las NUM y en el ISA. El paisaje municipal forestal no arbolado de Redecilla del Camino se caracteriza por las riberas del los ríos Reláchigo y Villar y por campos de labor entre lo que se intercalan cuestas y cerros no cultivados que deben de ser reconocidos y protegidos por las NUM.

El ISA deberá corroborar que el desarrollo urbano previsto, teniendo en cuenta las características ambientales del entorno, se ajusta a criterios de sensibilidad con la topografía original y control del impacto visual con el objetivo de integrar las edificaciones en el paisaje de la zona y de evitar las intrusiones visuales, especialmente en los alrededores de la Ermita de Nuestra Señora de Ayago al objeto de evitar que se realicen construcciones en su entorno próximo que puedan alterar su visión. Para ello, deberá analizar el impacto paisajístico asociado a los nuevos sectores, e introducir aquellas condiciones específicas de ocupación y de edificación (materiales, colores, morfología, alturas, volúmenes, etc.) que estén en consonancia con la tipología edificatoria y estética del municipio y así asegurar la armonía del paisaje y conservar las vistas de mayor interés del municipio y la integración de los edificios, mobiliario urbano e infraestructuras que conlleva cada obra de urbanización de cada sector, cumpliendo con lo previsto en el artículo 17 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León. El ISA informará de cómo ha sido tenido en cuenta el paisaje y los elementos arquitectónicos de valor cultural en las NUM y qué prevenciones en este sentido serán recogidas en la Normativa de dicho Plan.

6. Zonas verdes
. La propuesta mantiene las zonas verdes y se aprovechan algunas de las propiedades municipales para dotar al casco urbano de zonas de equipamiento y de espacios libres. La configuración de estas zonas verdes y espacios libres públicos pueden ser un interesante mecanismo para un desarrollo armónico y equilibrado de los nuevos sectores de suelo urbano y para mitigar los impactos que puedan identificarse de este crecimiento, por lo que cobra un especial significado en la integración ambiental de los sectores que finalmente se consideren para el futuro desarrollo. En consecuencia, el ISA recogerá el grado en que las zonas verdes han sido tomadas en consideración como corredores verdes integrados paisajísticamente entre la trama urbana y los sectores de suelo rústico inmediatos a ésta, siendo asumidas como áreas de amortiguación de impactos entre las zonas urbanizadas y espacios con valores naturales. En su diseño deberían primar la implantación de especies autóctonas de bajo consumo hídrico, disponiendo su crecimiento de forma abierta y promoviendo sistemas de riego que aprovechen las aguas residuales urbanas previamente depuradas y las aguas pluviales.

7. Gestión de residuos. Como parte integrante del contenido del ISA, también se podrían incentivar aquellos criterios ambientales que refuercen la sostenibilidad de la propuesta de ordenación de las NUM, como por ejemplo:

a. Informar sobre la correcta gestión de todos los residuos generados tanto en las zonas residenciales como industriales y promover, en su caso, las bases para la elaboración de un plan de gestión de residuos residenciales e industriales.

b. Reducir el uso de recursos y producción de residuos en las obras de construcción mediante la selección de materiales de alto grado de aislamiento térmico, más duraderos y menos contaminantes en relación con la energía intrínseca que incorporan como coste energético de producción, coste ambiental de producción, durabilidad, capacidad de ser reciclados, origen de las materias primas, impacto ambiental en origen, etc.

c. Prever la gestión de los residuos de construcción y demolición, evitando la proliferación de puntos incontrolados de vertido en las afueras del núcleo urbano del municipio y restaurando aquellos que aparezcan.

d. Proponer ordenanzas que promuevan el ahorro y el uso eficiente de la energía e iniciativas en las NUM que mejoren las condiciones de accesibilidad y movilidad sostenible en el municipio.

e. Utilizan criterios de urbanismo sostenibles como la elección de una ubicación apropiada y una correcta adaptación de los volúmenes edificados al entorno próximo, al clima del lugar y a las variaciones estacionales y diarias.

f. Aplicar medidas bioclimáticas y aprovechar las energías renovables para mejorar la eficiencia energética de los edificios utilizando captadores solares y acumuladores para el suministro de agua caliente sanitaria y/o calefacción, de acuerdo con el Código Técnico de Edificación (CTE), aprobado por el
Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, modificado por la Orden VIV/984/2009 de 15 de abril, que establece en su artículo 15 las exigencias básicas de ahorro de energía (HE), un apartado específico desarrollado en la sección HE 4 sobre contribución solar mínima de agua caliente sanitaria.

8. Riesgos naturales. En aplicación del artículo 15.2 del
Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo, el informe de sostenibilidad ambiental deberá incluir un mapa de riesgos naturales del ámbito objeto de la ordenación:

a. El contenido y la amplitud de dicho mapa deberán ser acordes a la dinámica natural de los procesos involucrados y al grado de incidencia sobre la población y sus bienes.

b. La clasificación del suelo (suelo rústico con protección especial) y las determinaciones de uso y edificación deberán ser coherentes con las conclusiones de los estudios citados.

c. En particular, el ISA deberá velar porque las intervenciones en las inmediaciones de los cauces fluviales no produzcan un riesgo para la población o para los recursos naturales. En los sectores más próximos al cursos fluvial deberá comprobarse que no se sitúan en zonas potencialmente inundables, o bien, recoger aquellas medidas correctoras que serán dispuestas para impedir la exposición de la población ante avenidas extraordinarias, conforme a las condiciones que establezca el Organismo de Cuenca.

d. En el caso de que se planteen clasificaciones de suelo urbano o urbanizable colindantes con terrenos forestales, deberá tenerse en cuenta lo dispuesto en el Código Técnico de la Edificación (CTE), aprobado por el
Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, modificado por la Orden VIV/984/2009 de 15 de abril, que establece en su artículo 11 las exigencias básicas de seguridad en caso de incendio (SI), con un apartado específico desarrollado en la sección SI 5 sobre intervención de bomberos.

4. MODALIDADES DE INFORMACIÓN Y CONSULTA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS AFECTADAS Y DEL PÚBLICO INTERESADO.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 19.1

c) de la
Ley 9/2006, el órgano ambiental definirá las modalidades, la amplitud y los plazos de información y consultas, que como mínimo serán de 45 días y deberán realizarse durante el procedimiento de elaboración del Plan. Conforme al artículo 21, el Ayuntamiento de Redecilla del Camino (Burgos), en su calidad de órgano promotor de las NUM, someterá dicho documento, junto con el ISA, a las siguientes consultas:

1. Información pública que deberá acreditarse mediante el correspondiente anuncio en el « Boletín Oficial de Castilla y León » y el empleo de aquellos medios convencionales, telemáticos o de cualquier otro tipo (Sistema de Información Territorial de Castilla y León) que faciliten a los consultados el acceso a ambos documentos, a fin de que puedan realizar las alegaciones y sugerencias oportunas.

2. Consultas específicas a las Administraciones públicas afectadas y al público interesado a las que hacen referencia los artículos 10.2

a) y 10.2

b) de la
Ley 9/2006. A tales efectos se consultará, al menos, a las Administraciones públicas y organizaciones previstas en el Anexo I.

3. Informes sectoriales. Igualmente, en virtud de lo expresado en el artículo 15.3. del
Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo, en esta fase de consultas deberán recabarse, en el caso de que no hubieran sido ya emitidos, los siguientes informes: el de la Administración Hidrológica sobre la existencia de recursos hídricos para satisfacer las nuevas demandas y sobre la protección del dominio público hidráulico y los de las Administraciones competentes en materia de carreteras y demás infraestructuras afectadas acerca de su posible afección e impactos de la actuación sobre la capacidad de servicio de dichas infraestructuras. Estos informes serán determinantes para el contenido de la memoria ambiental y solo se podrá disentir de ellos de forma motivada.

ANEXO I

FASE DE CONSULTAS DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES DE REDECILLA DEL CAMINO Y DE SU INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL

Consejería de Cultura y Turismo. Consejería de Agricultura y Ganadería. Consejería de Interior y Justicia. Dirección General del Medio Natural. Universidad de Burgos. Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos Delegación del Gobierno de Castilla y León. Confederación Hidrográfica del Ebro. Confederación de Organizaciones Empresariales de Castilla y León. U. G. T. Castilla y León. ASAJA Castilla y León Ecologistas en Acción de Burgos

domingo, 29 de agosto de 2010

Contrato el arrendamiento de lotes de fincas rústicas del Ayuntamiento de Redecilla del Camino

1. Objeto: Es objeto del presente contrato el arrendamiento de lotes de fincas rústicas, que se describe a continuación, propiedad del Ayuntamiento de Redecilla del Camino:

2. Duración del contrato: El plazo de duración del arrendamiento se fija en cinco años o campañas agrícolas, comenzando en octubre de 2010 y concluyendo en el mes de septiembre del año 2015.

4. Publicidad de los pliegos:  Estarán de manifiesto todos los días hábiles en la Secretaría del Ayuntamiento de Redecilla del Camino.

5. Garantía provisional:  Será de 30 euros.

6. Garantía definitiva: La garantía definitiva será del 5% del precio de toda la duración del contrato y podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en la LCSP.

7. Acreditación:  Para poder participar en el acto de subasta y presentación de proposiciones económicas, los interesados deberán acreditarse de conformidad con lo establecido en el pliego de cláusulas administrativas. La presentación de la documentación se podrá realizar antes de la celebración del acto de presentación de proposiciones.

8. Presentación de proposiciones: Las proposiciones se formularán mediante el procedimiento de «pujas a la llana» que se celebrará el 15 de septiembre de 2010, a las 20.30 horas en la Casa Consistorial, por aquellos licitantes que se hayan acreditado con carácter previo al inicio de la subasta.

En Redecilla del Camino, a 29 de julio de 2010. El Alcalde, Julio Gallo García.

Publicado en BOP-BURGOS: 161
Fecha Disposición:  25/08/2010
Fecha Publicación: 25/08/2010
Órgano Emisor: AYUNTAMIENTO DE REDECILLA DEL CAMINO



Prespuestos Municipales Actualizados hasta el año 2009

El presupuesto del Ayuntamiento de Redecilla del Camino para el año 2009 preve unos gastos de 662.000,00€, que dividido entre 133 habitantes ( censo 2009 ), da un gasto de 4.977,44€ por persona.

El presupuesto ha disminuido en -124.000,00€ ( -15,78% ) con respecto al año 2008.

Los gastos de personal se han incrementado en 10.000,00€ ( 8,00% ) con respecto al año 2008.
De media en los ayuntamientos de España ( 2008 ) se dedica un 28,20% a gastos de personal, en el ayuntamiento de Redecilla del Camino se dedica un 20,39% del presupuesto 7,80 puntos porcentuales menos que la media nacional.
 
Los gastos en Inversiones Reales han disminuido en -115.000,00€ ( -26,74% ) con respecto al año 2008.
De media en los ayuntamientos de España ( 2008 ) se dedica un 23,84% a gastos en inversiones reales, en el ayuntamiento de Redecilla del Camino se dedica un 47,58% del presupuesto 23 puntos porcentuales mas que la media nacional.

Puede verse la evolución de los presupuestos municipales del ayuntamiento de Redecilla del Camino desde el año 1986 hasta año 2009 en la seccion documentos
Información recogida en Foro-Ciudad/Redecilla del Camino
http://www.foro-ciudad.com/burgos/redecilla-del-camino/documento-10756.html

Ha fallecido Isabel García Manero, descansa en paz.

 El día 19 de noviembre ha fallecido Isabel García Manero, nacida en Cerezo de Riotirón hace 89 años,  se casó con el difunto Teófilo (Filo)...