DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS
Servicio de Gestión tributaria y recaudación
Anuncio de cobranza.
Primero. – Por el presente se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados, que durante los días hábiles comprendidos entre el 15 de septiembre y el 15 de noviembre de 2021, ambos inclusive, tendrá lugar la cobranza
en período voluntario de los siguientes tributos:
– Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, ejercicio 2021.
– Impuesto sobre bienes inmuebles de características especiales, 2021.
– Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica, ejercicio 2021.
– Tasa por la prestación del servicio de tratamiento de residuos sólidos, ejercicio 2021.
– Impuesto sobre actividades económicas, ejercicio 2021.
– Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (de gestión municipal).
La cobranza se realizará respecto de los Ayuntamientos (Redecilla del Camino tiene delegados en la Diputación los siguientes impuestos IAE, ISTRS, IBI en sus modalidades) que tienen delegada o encomendada en esta Diputación la gestión recaudatoria de dichos tributos que se enumeran en la relación adjunta, donde se detalla además el ejercicio objeto de cobro.
Segundo. – Como modalidad de pago, se establece el ingreso a través de entidades colaboradoras, pudiendo realizarse en cualquiera de las oficinas de Caixa Bank, BBVA,
Caja Viva y Banco Santander. A este fin se enviará al contribuyente notificación individual e información para efectuar el ingreso.
Asimismo podrá realizarse el pago a través de internet, de manera cómoda y segura, a través de la Oficina Virtual del Contribuyente (https://registro.diputaciondeburgos.es/sta).
No se requiere D.N.I. electrónico ni certificado digital personal. Admite las siguientes tarjetas, Mastercard, Eurocard, Visa.
Se les recomienda a los contribuyentes utilicen el sistema de domiciliación de pago en entidades financieras.
Tercero. – De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se advierte a los
obligados al pago que, transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los recargos ejecutivos y de apremio
correspondientes, intereses de demora y las costas del procedimiento que se produzcan.
Lo que se hace público para general conocimiento conforme a lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación.
En Burgos, a 8 de septiembre de 2021.
El presidente,
César Rico Ruiz
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